La imposición de las normas culturales dominantes o de la mayoría es una de las mayores injusticias actuales. Luchar contra ella es difícil por la naturalidad y sumisión con la que se acepta.
Un enfoque que es fundamente al hablar de Justicia es lo que se ha llamado como Justicia Relacional (o cultural), definido como ausencia de dominación cultural, no reconocimiento e irrespeto (Fraser, 1997).
Reconocimiento se ha convertido en una palabra clave de nuestro tiempo. Esta idea, una venerable categoría de la filosofía hegeliana, resucitada no hace mucho por los teóricos políticos, está resultando fundamental en los trabajos para conceptualizar los debates actuales acerca de la identidad y la diferencia. (Fraser y Honneth, 2006, p. 13).
Fraser (1997) señala que las reivindicaciones de Justicia en el mundo actual parecen dividirse en dos tipos cada vez más claros. El primero y que ya he comentado en anteriores publicaciones, hace referencia a las de distribución, reivindicando una redistribución más justa de bienes y recursos. El segundo son las políticas de reconocimiento, donde el objetivo es un mundo que acepte las diferencias, en donde no haya que asimilar las normas culturales dominantes o de la mayoría.
Hervé (2010) indica que las situaciones de injusticia ambiental se producen respecto de grupos y comunidades antes que individuos. Y señala que “el reconocimiento apunta a la valorización de ciertas comunidades o grupos vulnerables de la sociedad y, a su vez, a la valorización de la naturaleza y de los ecosistemas en sí mismos” (Hervé, 2010, p. 21).
La valoración de las minorías étnicas, raciales y sexuales, así como de la naturaleza y de los ecosistemas, intenta desarrollar un nuevo paradigma de la Justicia que sitúa al reconocimiento en su centro. El ascenso de la política de identidad ha cambiado el foco de las reivindicaciones de la redistribución. Consiste, por tanto, en idear una orientación que integre lo mejor de la política de la redistribución y lo mejor de la política del reconocimiento (Murillo y Hernández-Castilla, 2011).
Murillo y Hernández-Castilla (2011) señalan que las diferencias entre esta concepción de Justicia como reconocimiento y de la Justicia como distribución son resumidas por la propia Fraser (1997) en cuatro elementos:
- Los dos enfoques asumen concepciones diferentes de injusticia: la estructura económica de la sociedad (marginación, explotación y privación); o injusticias culturales vinculadas a procesos de representación, interpretación y comunicación.
- Proponen diferentes tipos de soluciones. En el enfoque de la distribución el remedio de la injusticia es algún tipo de reestructuración económica. Mientras que en el enfoque del reconocimiento la solución es el cambio cultural o simbólico o la revaluación ascendente de las identidades no respetadas o sus productos culturales.
- Asumen concepciones diferentes de las colectividades que sufren la injusticia. En el enfoque de la redistribución, las injusticias se producen sobre clases o colectividades definidas por el mercado o los medios de distribución. Mientras que desde el enfoque del reconocimiento están relacionadas con el género, la sexualidad, la cultura, la religión, etcétera.
- Las diferencias de grupo se ven desde el enfoque de la distribución como diferenciales de injusticia, ligadas a estructuras socialmente injustas y por tanto se deben abolir. Frente al enfoque interpretativo, que está vinculado a una jerarquía de valores y por tanto requieren revaluar los rasgos devaluados.
Stuardo (2017), nos apunta a partir de Fraser, que la concepción del reconocimiento trae consigo problemas como la reificación de las identidades de los grupos, al simplificar o hacer desaparecer las diferencias internas, o el desplazamiento de los problemas relativos a la redistribución de bienes y riqueza que quedan relegados a un segundo plano. Por esto último, es importante tener en cuenta que las injusticias pueden ser claramente bidimensionales como la raza o la clase social (Fraser, 1997). En este sentido, se reflexiona sobre una “tercera vía”, donde la redistribución y el reconocimiento convergen a causa de la aceleración de la globalización económica y del descentramiento del marco nacional como referencia (Fraser y Honneth, 2006).
Fraser (Fraser y Honneth, 2006) defiende la búsqueda de un enfoque integrado que pueda reparar a la vez el reconocimiento erróneo y la mala distribución. Esta autora propone dos enfoques: reparación transversal y conciencia de los límites. La reparación transversal consistiría en:
(…) utilizar medidas asociadas con una dimensión de la Justicia para remediar desigualdades asociadas con la otra, es decir, utilizar medidas distributivas para reparar el reconocimiento erróneo y medidas de reconocimiento para reparar la mala distribución. La reparación transversal explota la imbricación de estatus y clase social con el fin de mitigar ambas formas de subordinación al mismo tiempo. (Fraser y Honneth, 2006, p. 80)
Iglesias (2012) indica que el problema que plantea esta forma de reparación es que no podría usarse de manera sistemática ni generalizada. Por otro lado, esta autora señala que la conciencia de los límites no será otra cosa que “la conciencia del impacto de diversas reformas sobre los límites del grupo” (Fraser y Honneth, 2006, p. 82). Queda pendiente encontrar un esquema exitoso, pero de una manera o de otra, tal y como señala Fraser, “solo si buscamos enfoques integradores que unan redistribución y reconocimiento podremos satisfacer los requisitos de una justicia para todos.” (Fraser y Honneth, 2006, p. 88)
Sergio Carneros
Referencias de los autores/as citados: Aquí